J. L. González et al.
Papeles del Psicólogo, Vol. 34, nº 3, 2013.
“…Aunque no existe en nuestra
legislación un auténtico estatuto de protección de los menores en el proceso
penal cuando comparecen en calidad de víctimas o testigos, se han producido
importantes reformas de la Ley
de Enjuiciamiento Criminal (LECrim) encaminadas a procurar dicha protección….” () “…el
paso de las víctimas especialmente vulnerables por el Sistema de Justicia puede
conllevar daños adicionales a su estabilidad psicológica, es lo que se conoce
como victimización secundaria. …”