miércoles, 5 de febrero de 2020

Campaña de difusión:






Canal prioritario de retirada de contenidos sensibles

Agencia Española de Protección de Datos, AEPD. 

Gobierno de España.


Habilitado para la notificación de Difusión ilegítima de contenidos especialmente sensibles:

Es cada vez más frecuente que se publiquen en Internet o se difundan a través de las redes sociales imágenes o vídeos de mujeres víctimas de violencia por razón de género, de menores de edad y de otros colectivos vulnerables.

En la actualidad, la grabación y difusión de imágenes personales es uno de los instrumentos más utilizados en los casos de acoso, tanto en el entorno laboral como en el escolar -bullying y su versión a través de internet, cyberbullying- y de acoso sexual a menores -grooming o sexting-.

En último término, toda persona, hombre o mujer, de cualquier edad, puede llegar a verse afectada por este tipo de situaciones.

Con el objetivo de actuar con celeridad e intentando evitar la difusión masiva de este tipo de contenidos, la Agencia Española de Protección de Datos pone a disposición de los ciudadanos un canal específico para la atención prioritaria de estos casos. 








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