Protocolo
de actuación para la conciliación víctima - infractor contemplada en la Ley Orgánica de
Responsabilidad Penal del Menor 5/2000.
A. García Gomis et al.
e-Eguzkilore, Revista Electrónica de Ciencias
Criminológicas, nº1, 2016.
…La provisión de protocolos concretos y aplicables a todas
las comunidades y que reúnan además aspectos tanto legales como psicológicos,
permitirá ofrecer seguridad jurídica al menor, además de acotar los márgenes de
discrecionalidad con los que trabajan los operadores sociales implicados. El
establecimiento de protocolos claros de intervención, ayuda por una parte a los
profesionales que trabajan con este colectivo a guiarse a través una línea de
trabajo definida y más precisa, garantizando así la consecución de los
objetivos en cada momento de la intervención, evitando dar respuestas
psicoeducativas azarosas o imprecisas. Y sobre todo, ayuda a los profesionales
implicados a desarrollar de forma más plena el “rol del mediador” y los
elementos que lo conforman necesarios para su práctica.
A su vez, el
establecimiento de protocolos claros garantiza una mayor rapidez en la
resolución y aplicación de estas soluciones extrajudiciales, evitando así que
se cree un doble perjuicio; por un lado, que a nivel social se ponga en duda la
eficacia de la Justicia
por su tardía aplicación o ineficacia, y por otro, que se pierda por el paso
del tiempo, la finalidad de la intervención cuando se alarga su aplicación,
puesto que en ocasiones el menor olvida el hecho cometido o incluso ya se ha
rehabilitado…
Descarga
Descarga