
L. Allueva Aznar.
Rev. Indret, nº 4, 2011

El objetivo de este trabajo es doble. Por un lado, distinguir las situaciones de riesgo de las situaciones de desamparo, de acuerdo con la legislación que les es aplicable actualmente en Cataluña, esto es, la Ley 14/2010, de 27 de mayo, de los derechos y oportunidades en la infancia y la adolescencia, así como la Ley 25/2010, de 29 de julio, del libro segundo del Código civil de Cataluña, relativo a la persona y la familia. Y, por otro lado, poner de relieve los principales problemas que pueden darse en la práctica tras una declaración de desamparo improcedente o una declaración de desamparo procedente que desconsidera la posibilidad de mejora de las circunstancias que la fundamentaron.