miércoles, 22 de febrero de 2012

En la legislación

Situaciones de riesgo y desamparo en la protección de menores.  A propósito de la Ley 14/2010, de 27 de mayo, de los derechos y oportunidades en la infancia y la adolescencia.

L. Allueva Aznar. 

Rev. Indret, nº 4, 2011

La constatación de que un menor se halla en situación de riesgo o desamparo justifica la intervención de los poderes públicos, pues en ambos casos se considera que el menor se halla en una situación de desprotección que debe ser paliada. Sin embargo, el riesgo y el desamparo son situaciones que se diferencian entre ellas.
El objetivo de este trabajo es doble. Por un lado, distinguir las situaciones de riesgo de las situaciones de desamparo, de acuerdo con la legislación que les es aplicable actualmente en Cataluña, esto es, la Ley 14/2010, de 27 de mayo, de los derechos y oportunidades en la infancia y la adolescencia, así como la Ley 25/2010, de 29 de julio, del libro segundo del Código civil de Cataluña, relativo a la persona y la familia. Y, por otro lado, poner de relieve los principales problemas que pueden darse en la práctica tras una declaración de desamparo improcedente o una declaración de desamparo procedente que desconsidera la posibilidad de mejora de las circunstancias que la fundamentaron. 
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