El inicio de la desprotección. La realidad de
la infancia en acogimiento al cumplir la mayoría de edad.
C. Martínez García.
Cátedra Santander de
los Derechos del Niño en la Universidad Pontificia Comillas/ Aldeas Infantiles
SOS de España, 2020.
“Hay pruebas contundentes de que permanecer durante
estancias prolongadas en instituciones de gran tamaño y, aunque en grado mucho
menor, estar sujeto a modalidades alternativas de cuidado, como acogimiento o
atención en pequeños grupos, tiene un impacto desfavorable en los adolescentes.
Esos adolescentes tienen un nivel educativo más bajo, dependen de la asistencia
social y son más vulnerables a vivir en la calle, al encarcelamiento, a
embarazos no deseados, a la paternidad prematura, al abuso de sustancias
estupefacientes, a autolesionarse y al suicidio. A los adolescentes sujetos a
modalidades alternativas de cuidado se les suele obligar a partir al cumplir 16
o 18 años, y son particularmente vulnerables a los abusos y la explotación
sexuales y a la trata y la violencia, ya que carecen de sistemas de apoyo o
protección y no han tenido la oportunidad de adquirir las aptitudes y la
capacidad necesarias para protegerse a sí mismos. A aquellos con discapacidad
se les suele negar la posibilidad de vivir una vida comunitaria y son
trasladados a instituciones para adultos en las que corren un riesgo mayor de
sufrir violaciones continuas de sus derechos”. Comité
de Derechos del Niño, Observación General Núm. 20, ap. 53
CONTENIDO
Introducción.
Estándares internacionales.
Documentos
de Naciones Unidas.
La
Convención sobre los Derechos del Niño.
Observaciones Generales del Comité de Derechos del Niño con relación a la transición a la vida independiente.
Las
Directrices de Naciones Unidas sobre las Modalidades Alternativas de Cuidado de
los Niños (2010) y la Resolución sobre los Derechos del Niño de 2019.
Observaciones
Finales a España (2018)
Documentos
del Consejo de Europa sobre la transición a la vida independiente.
Recomendaciones
del Consejo de Europa.
La
Estrategia del Consejo de Europa sobre los derechos del niño (2016-2021)
La
transición a la vida independiente. Situación de partida y marco legal.
La situación actual sobre la transición a la
vida independiente.
El marco
normativo español.
Legislación
estatal.
Regulación de la transición a la
vida independiente en la legislación autonómica.
La
obligación del estado de garantizar la transición a la vida independiente.
El concepto de
protección integral, gradual y continua de los derechos del niño en cuidado
alternativo comprende la transición a la vida independiente.
El
concepto de protección integral debe comprender la transición a la vida
independiente.
La gradualidad de las medidas
para entrar en el sistema debe observarse también para salir de él.
La necesaria continuidad en la
protección.
Justificación
de la actuación del Estado sobre la base de un enfoque de derechos.
El
Interés superior del niño como criterio de“entrada” y de “salida”del sistema.
El derecho al desarrollo.
El derecho a ser escuchado.
No discriminación.
Un modelo de
cuidado que garantiza la integración social de los jóvenes.
Conclusiones.
Recomendaciones.
Documentación.