
Menores víctimas de
trata.
E.
Arce Jiménez
Revista
Crítica Penal y Poder, nº 18, 2019.
La definición jurídica internacional de la trata de niños es
distinta de la de la trata de adultos ya que requiere sólo un acto (traslado,
venta,recepción, entre otros), realizado con el propósito de someterlos a
explotación, “y no es necesario demostrar ningún medio, como el engaño, la
coacción o el abuso de poder o de una situación de vulnerabilidad”.
