lunes, 18 de noviembre de 2019

Informe institucional:




El derecho a la salud mental infantil y juvenil: garantías en el acceso y la atención en los centros residenciales.

El dret a la salut mental infantil i juvenil: garanties en l’accés i l’atenció als centres residencial.s

Sindic de Greuges, 2019


Se ha elaborado partir del análisis de las quejas recibidas, de los intercambios con profesionales, y también de las visitas a centros llevadas a cabo por el equipo del Síndic y por el Mecanismo Catalán de Prevención de la Tortura (MCPT) a los centros residenciales actualmente existentes.


Principales recomendaciones a propósito de:

1) Garantizar los derechos de los niños en la propuesta de ingreso en centro residencial terapéutico. El interés superior del niño.

a) Crear una comisión interdepartamental para que, puedan valorarse y abordarse las dificultades de atención a los niños, y especialmente a los adolescentes que requieren una atención residencial especializada, con las garantías de respeto a sus derechos y primando su interés superior.

b) Regular y supervisar que todo internamiento residencial de un niño y adolescente en un centro especializado cumpla con los siguientes requisitos:
Última ratio y mínimo tiempo indispensable
Consentimiento informado de los tratamientos médicos y edad mínima.
Autorización judicial y evaluación forense.
Supervisión y control.

2) Prevención y garantía del derecho a la salud mental infantojuvenil en términos de equidad desde un modelo psico-social y comunitario.

3) Valoración de la idoneidad de incluir con cobertura pública servicios residenciales especializados para niños y adolescentes de acuerdo con el interés superior del niño.

4) Garantía de derechos de los niños y adolescentes ingresados actualmente en los recursos residenciales existentes.

5) Categorización de diagnóstico y falta de adaptación de la organización de los recursos a la complejidad de las necesidades.

6) Cobertura del coste del servicio residencial terapéutico de niños y adolescentes no tutelados mediante mecanismos impropios.

7) Acompañamiento a los niños y adolescentes tutelados y el derecho a la recuperación emocional y psicológica.

8) Abordaje de las necesidades especiales de la adolescencia dentro del sistema de protección.

9) Recursos residenciales específicos del sistema de protección.

10) Presencia de adultos en centros específicos del sistema de protección.

11) Inspecciones periódicas en centros residenciales con niños y adolescentes.


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