J. M. Tamarit Sumalla
Revista de victimología, nº 6, 2017
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Son bien
conocidas las dificultades existentes a la hora de valorar el impacto psíquico
de los abusos sexuales de menores en la práctica forense. Pese a la mejoría de
los instrumentos de evaluación, en muchas ocasiones los procesos penales por
estos delitos se hacen sin una adecuada prueba pericial y, en los casos en que
la misma se lleva a cabo en condiciones adecuadas, se debe hacer frente al
problema de qué incidencia debe tener el resultado de la evaluación en la
sentencia. El estudio ha mostrado que en España los tribunales en general no
atribuyen relevancia al impacto del hecho en la víctima en la determinación de
la pena de modo explícito pero hay indicios de que la constatación de un
impacto psíquico categorizado según criterios diagnósticos de carácter técnico
es tenida en cuenta por los tribunales, de modo consciente o no, para agravar
la pena. Ello no debería sorprender si se tiene en cuenta que para el sistema
penal el resultado es relevante, como muestra la diferencia punitiva entre el
delito consumado y la tentativa (incluso acabada), y que en el abuso sexual
infantil la medida del impacto psíquico del delito permite graduar la afectación
al bien jurídico protegido y por lo tanto el contenido de injusto del hecho….