viernes, 21 de marzo de 2014

Normativa:

Autorizaciones judiciales de ingresos de menores en acogimientos residenciales en centros especializados.

A. C. Gómez Aparicio

Asamblea: revista parlamentaria de la Asamblea de Madrid, nº. 29, 2013, págs. 274-292


Contenido
1. Introducción y competencia en la materia.

2. Centros de menores con trastornos de conducta.

3. Internamiento de menores con trastornos de conducta en centros de protección.

4. La necesaria regulación mediante ley orgánica.

 “Las Entidades Públicas de Protección de menores se encuentran actualmente haciendo frente a los cambios sociales de los últimos años que tiene como una de sus manifestaciones más preocupantes la de un aumento en el número de adolescentes con problemas conductuales o de salud mental que deben ser sometidos a una media de protección.

La búsqueda de garantías jurídicas en cuanto al ingreso de menores en centros especializados para menores con trastornos de conducta que sin embargo, no tienen la consideración de centros de carácter sanitario, han planteado que algunas Comunidades Autónomas, como la Comunidad de Madrid, requieran la correspondiente autorización judicial para el ingreso de los menores en estos centros, ya que dada su especialidad y la atención que se presta en los mismos, pueden suponer restricciones a la libertad individual de los menores ingresados en ellos”




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