martes, 8 de noviembre de 2011

DIRECTIVA DEL PARLAMENTO DE LA UE

El Parlamento Europeo ha aprobado una directiva(*) que introduce sanciones más estrictas contra la pornografía infantil y el abuso de menores. Entre otras medidas, los Estamos miembros tendrán que retirar o bloquear en sus territorios las páginas con pornografía infantil. También establece una serie de requisitos para garantizar la prevención del delito y la protección de las víctimas.
Se ha aprobado el acuerdo(*)  sobre la definición de los delitos y las sanciones para castigar la pornografía infantil, el abuso y la explotación sexual de niños y la seducción de menores con fines sexuales. El texto establece sanciones mínimas para cerca de 20 delitos (muchos más de los incluidos hasta ahora en la legislación europea). Asimismo, los eurodiputados han conseguido introducir castigos más estrictos, sobre todo en el caso de abusos por parte de personas que convivían con el niño o que estaban en posición de confianza o autoridad, como miembros de la familia o profesores. También habrá penas más duras contra los adultos que abusen de niños especialmente vulnerables, como los discapacitados.
Por otra parte, la nueva directiva aprobada obligará a los Estados miembros a retirar las páginas web que contengan pornografía infantil. Si esto no es posible, los Estados miembros tendrán que bloquear estas páginas. Además del turismo sexual infantil en la directiva pasa a tipificarse como delito en toda la UE el grooming, es decir, la práctica consistente en establecer lazos de amistad con un niño a través de Internet para abusar sexualmente de él.
También establece la nueva normativa una serie de requisitos para garantizar la prevención del delito y la protección de las víctimas, así como medidas de asistencia, apoyo y protección a las víctimas, especialmente en el caso de los niños que delaten casos de abusos en la familia. Asimismo, los Estados miembros garantizarán en todo momento la protección de la identidad, la intimidad y la imagen del menor. Los Estados miembros tendrán dos años para transponer la normativa.
(*) Acuerdo entre el Consejo y el Parlamento sobre la Directiva para luchar contra la pornografía infantil
El acuerdo político alcanzado por el Consejo y el Parlamento Europeo tiene como objetivo la lucha contra el abuso sexual y la pornografía infantil. Con respecto a las nuevas sanciones introducidas por el proyecto de directiva, por abuso sexual de menores y explotación sexual van desde al menos un año a un mínimo de 10 años de prisión, dependiendo de la naturaleza del delito. Actos como que los niños sean testigos de actividades de tipo sexual (abuso) se castiga en el proyecto de directiva con una pena de prisión de por lo menos un año, mientras que coaccionar a menores para participar en un acto sexual se castiga con pena de prisión de por lo menos 10 años.
Las sanciones por asistir a espectáculos pornográficos con menores como participantes (explotación) serán de dos años de prisión, mientras que forzar a un niño a la prostitución se castigará con un mínimo de 10 años. Por posesión de pornografía infantil la pena será de un año como mínimo, con la única excepción de la posesión con fines investigadores, mientras que la producción de dicho material se condenará con una pena de prisión de al menos tres años. Por otra parte, el proyecto de ley suma a la lista de crímenes el “online grooming”, la manipulación de los menores a través de Internet con la intención de abusar sexualmente de los mismos.
Además, la directiva hará posible que se procesen a ciudadanos europeos por delitos relacionados con el abuso infantil cometidos fuera del territorio de la UE (el llamado turismo sexual), para así reducir la demanda de servicios sexuales. Además, los Estados miembros tendrán que asegurar que la organización de los arreglos de viaje para tales fines se persiga penalmente.
También las víctimas estarán más protegidas por ejemplo evitando que los pedófilos puedan obtener puestos de trabajo relacionados con el cuidado de menores en toda la UE. Para este fin, el proyecto de directiva introduce la posibilidad de solicitar y recibir información sobre las condenas por estos delitos de posibles candidatos, también cuando los candidatos sean de otros Estados miembros.
El acuerdo sobre el proyecto de directiva se alcanzó entre el Consejo y el Parlamento en junio y debería convertirse en ley a finales de 2011, después de su adopción formal por parte de estas dos instituciones. Los Estados miembros tendrán entonces dos años para transponer la Directiva al Derecho nacional. Con esta medida se pretende sustituir la Decisión marco 2004/68/JAI y aumentar significativamente el número de definiciones comunes y las sanciones.
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