CIRCULAR
2/2016, sobre el ingreso de menores con problemas de conducta en centros de
protección específicos
Consuelo Madrigal Martínez-Pereda, Fiscal General
del Estado. 2016
1.
Introducción.
2.
Fundamento de la privación de libertad.
3. El
supuesto de hecho.
Perfil del menor.
Interpretación de la palabra
“diagnóstico”.
Criterios de medición de la
magnitud del problema de conducta: el riesgo propio o de terceros.
La necesidad de protección.
El principio de subsidiariedad.
Especialización.
Contención.
Delimitación del “riesgo para
terceros”.
La franja de edad.
El centro específico.
Caracteres generales.
La cuestión de los centros
privados.
4. El
nuevo procedimiento contradictorio.
Legitimación.
Competencia.
Capacidad procesal, representación y defensa.
Información de derechos.
Tramitación.
5. El
cumplimiento de los plazos en la ratificación de los internamientos urgentes.
Límite máximo e improrrogable.
El procedimiento de habeas corpus.
6. Régimen
de recursos.
7.
Intervención judicial durante el período de internamiento: revisiones,
incidencias y traslados.
8. Cese de
la medida.
9.
Facultades del ministerio fiscal
10. Derecho
transitorio.
11.
Inspección de centros.
12.
Vigencia de circulares, instrucciones y consultas precedentes.
13.
Estadística.
14. Conclusiones.