S. Díez Riaza
Revista de Derecho UNED, nº 22, 2018
La adopción abierta es una institución de nuevo cuño en
nuestro ordenamiento que supone una variación sobre la adopción tradicional y
que consiste en que se puede articular judicialmente un plan de contactos entre
el adoptado con la familia biológica, por lo que si bien se produce una ruptura
de la filiación de origen desde el punto de vista jurídico, sin embargo, puede
persistir la relación con ella.