A. Ortega Jiménez
Actualidad Jurídica Iberoamericana, nº. 3, 2015.
Países del Magreb
aceptan el uso de la kafala para que una tercera persona adquiera el compromiso
de cuidar, proteger y educar al menor. El Ministerio de Justicia marroquí viene
instando a la Fiscalía
a realizar una supervisión más exhaustiva sobre los requisitos exigidos para
este régimen de acogida. Entre ellos, se encuentran la educación en la religión
musulmana y la residencia habitual de los tutores en Marruecos para garantizar
el bienestar de los menores.