Á. Estalayo Hernández, O. Rodríguez Ochoa y J. García Ormaza
Reinad nº 7, 2014
“El abordaje de
intervenciones con menores y jóvenes seriamente disruptivos supone un contenido
sometido a numerosos debates, reflexiones y discrepancias. Muchos recursos
residenciales y de media intensidad se encuentran adscritos a Servicios de
Protección y de Justicia Juvenil que por definición no se caracterizan por su
especialización clínica. (….) Más allá de abordajes clínicos, los internamientos
terapéuticos deberían partir de la intervención sobre los problemas de
autorregulación (emocional, conductual y cognitiva), como
manifestación comportamental clave y como elemento definitorio. (….) el elemento
determinante para valorar la pertinencia del carácter terapéutico del
internamiento sería la presencia de dificultades del menor para desarrollar
unos mecanismos básicos de regulación emocional y conductual; la comisión del
delito y la imposición de una medida judicial son el efecto sintomático y la
respuesta del ambiente, una forma de demanda involuntaria de ayuda.”